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Bodas Católicas en Argentina
Dónde casarse
Los matrimonios
cristianos se realizan exclusivamente en los templos parroquiales.
Quién
puede celebrar el matrimonio
Desde el punto de vista teológico, el matrimonio cristiano es un
sacramento que los esposos se administran mutuamente. El sacerdote celebra la
boda como testigo. El matrimonio es consumado, generalmente, por el párroco que
oficia en la parroquia elegida. Pero la mayoría de las parroquias permite que
cualquier otro sacerdote lo haga, previa autorización del párroco
correspondiente.
Requisitos
que deben cumplir los novios para casarse
1- Ser solteros para la iglesia (ningún miembro de la pareja puede tener otro
matrimonio religioso anterior, salvo caso de nulidad del mismo). Un matrimonio
civil anterior de alguno de los novios con otra persona supone una autorización
del obispo, que puede gestionarse a través de la parroquia que celebrará el
casamiento.
2- Estar bautizados en la
Iglesia católica. Como comprobante, los novios deberán
presentar sus certificados de bautismo en la parroquia donde se efectuará el
matrimonio.
3- Cumplir con el curso prematrimonial. Se accede a este requisito asistiendo a
una serie de charlas en las que se tocan diversos temas que hacen al matrimonio
cristiano y a la futura vida en común de los esposos. Estos cursos son
grupales. Al finalizar, la parroquia que los ha dictado extiende a los novios
el certificado correspondiente.
Requisitos
que deben cumplir los padrinos
Absolutamente ninguno. Cualquier persona, independientemente de la
religión que profese, puede ser padrino de la ceremonia religiosa
Trámites
previos
1. El pase: la Iglesia
determina que el matrimonio debe celebrarse en la parroquia que corresponde a
la novia; es decir, la más cercana a su domicilio. En el caso de que los novios
prefieran otra parroquia, deben dirigirse a la de origen para que ésta gestione
un sencillo trámite que se denomina "pase".
2. La reserva: una vez que los novios hayan decidido dónde casarse, conviene
dirigirse de inmediato a la parroquia elegida para solicitar turno. En algunas,
basta con hacer la reserva unas semanas antes; en otras, las fechas se
establecen con un lapso de un año a seis meses de anticipación.
3. El expediente matrimonial: es un cuestionario doble. En la primera parte,
cada uno de los novios por separado es interrogado acerca de sus motivos para
casarse, su libertad o no al respecto y sus intenciones para el futuro. La
segunda parte está dirigida a los testigos, que son convocados para dar fe de
esa relación.
Acerca del expediente matrimonial,
conviene saber que...
-Cuándo se realiza: la parroquia establece la cita
con los novios y los testigos, generalmente unos días después de la reserva de
la fecha. En el caso de que el casamiento vaya a efectuarse por medio de un
pase, este trámite también puede llevarse a cabo en la parroquia de origen.
- Cuántos testigos se necesitan: uno por la novia y
otro por el novio.
- Quiénes pueden ser testigos: cualquier persona
mayor de edad, preferentemente no familiar de ninguno de los novios.
- Qué documentos deben presentarse: solamente los
DNI de los testigos.
Acerca del curso prematrimonial,
conviene saber que...
- Dónde se hace: no todas las parroquias ofrecen cursos prematrimoniales,
aunque sí la gran mayoría de ellas. Conviene, por lo tanto, comunicarse con el
lugar elegido para hacer averiguaciones al respecto.
- Qué tener en cuenta para la elección, los factores que varían concretamente
en cada parroquia son:
. La duración de los cursos (generalmente, una a dos horas,
dos o tres veces por semana, durante quince días, pero hay cursos más
intensivos a los que se asiste todos los días, dos o tres horas, durante una
semana).
. El horario (en general nocturno).
- Cuándo hacerlo: depende de cuánto tiempo antes deban presentar el comprobante en la parroquia en la que celebrarán su matrimonio. Como norma, el lapso varía entre el año y los seis meses previos a la boda. Una vez evaluados estos factores, los novios pueden elegir libremente dónde hacer el curso prematrimonial.
Qué hacer si...
1.- Uno o ambos novios no tienen el certificado de bautismo
en su poder
Lo pueden conseguir fácilmente dirigiéndose a la parroquia en la que se celebró
el bautismo, allí se extenderá la constancia correspondiente. Si esta vía falla
por algún motivo (desconocimiento de los novios, inexistencia actual de la
parroquia, imposibilidad de acceder a la misma por razones de distancia, etc.),
la persona puede realizar una declaración en la vicaría zonal para que su
cualidad de bautizado sea reconocida.
2.- Uno o ambos novios no están bautizados
Pueden optar por bautizarse antes del casamiento. El bautismo se obtiene
mediante la asistencia a un breve curso, que puede realizarse en cualquier
parroquia.
3.- Uno de los novios profesa otra religión (y no desea
bautizarse)
La iglesia ofrece un tipo de ceremonia especial que se denomina matrimonio
mixto. En este caso, es necesario pedir una dispensa al obispo, que se puede
tramitar a través de la parroquia donde se celebrará la boda.
Última actualización: 2007-04-18 14:00
Revisión: 1.0
