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Tramites Matrimoniales en el Condado de Orange

¿Quién puede solicitar una licencia matrimonial?

Cualquier hombre o mujer de dieciocho (18) años o mayor.

Un menor cuyos padres estén muertos al cual no se le ha nombrado un guardián.

Los menores de edad, que bajo juramento declaren que son padres o que esperan un bebé. Además, una declaración escrita de un médico licenciado debe atestiguar el embarazo. Cuando el hecho del embarazo es atestiguado por la declaración escrita de un médico licenciado, el juez de la corte del condado podrá, a su propio criterio, emitir una licencia de matrimonio.

Un(a) menor que ya ha estado casado(a) antes.

Una persona de 16 o 17 años con el consentimiento de sus padres o guardián.

¿Es necesario el consentimiento de ambos padres?

Si, a menos que los padres estén divorciados y la custodia y control del menor se le haya otorgado a uno de los padres. Entonces, sólo se necesitará el consentimiento escrito del padre o la madre que tenga dicha custodia y control. Todos los consentimientos escritos deben ser reconocidos ante un notario. Si el formulario de consentimiento se llena ante el(la) Secretario(a) Delegado(a), se necesitará presentar la debida identificación. Si el(la) padre(madre) está divorciado(a), debe presentar una copia certificada de los documentos de divorcio.

¿Qué necesito para solicitar una licencia de matrimonio?

Para facilitar el proceso de emisión de la licencia, baje la Hoja de Información de la Licencia de Matrimonio (PDF)http://orangeclerk.onetgov.net/spanish/service/marriage.shtml , complétela y llévela al Departamento de Licencias Matrimoniales.

Ambas partes deben venir a la oficina de Secretaría para hacer la solicitud juntos.

Cada parte debe presentar una licencia de conducir válida, una identificación válida del Estado de Florida, un pasaporte válido o una identificación militar válida.

Ambas partes deben suministrar sus números de Seguro Social.

Si cualquiera de las partes ha estado casado(a) antes, esa parte debe dar la fecha en la cual su último matrimonio terminó.

Las parejas que residen en el estado deben suministrar un certificado de haber concluido un curso de preparación premarital. Si las parejas no suministran el certificado, la fecha de vigencia de su licencia de matrimonio será atrasada tres días.

La ley les exige a las parejas que lean un manual suministrado por la Secretaría y que firmen una declaración que reconozca que han leído el manual antes de solicitar la licencia. Esto se puede hacer el mismo día en el cual se solicita la licencia.

¿Hay un período de espera para la emisión de la licencia?

No para las parejas que residen en el Estado de Florida y atienden un curso de preparación premarital. Estas parejas deben presentar un certificado a la Secretaría al hacer la solicitud. Si la pareja está residenciada en el estado y no asisten a un curso de preparación premarital, la fecha efectiva de la licencia será atrasada tres días. A las personas que no son residentes del Estado de Florida se les exceptúa de este atraso de tres (3) días en la fecha efectiva de la licencia. Aquellas personas que aleguen que la espera les causa dificultades o apuros, un juez del condado podrá dispensarles de la fecha efectiva por una buena causa.

¿Cuándo tomo el curso de preparación premarital?

El curso de preparación premarital no puede tomarse más de un año antes de la fecha de la solicitud de una licencia de matrimonio.

¿Cómo encuentro a una persona o entidad que imparta los cursos?

La Secretaría de las Cortes tiene un registro de dichas personas o entidades (HTML).  http://orangeclerk.onetgov.net/service/premarital%20counselors.htm

¿Quién está calificado para impartir los cursos?

Un psicólogo licenciado bajo el capítulo 490.

Un(a) trabajador(a) social licenciado(a) bajo el Capítulo 491.

Un terapista matrimonial y familiar licenciado bajo el capítulo 491.

Un(a) consejero(a) de salud mental licenciado(a) bajo el Capítulo 491.

Un representante oficial de una institución religiosa, que sea reconocida bajo s496.404(20), si el representante tiene adiestramiento pertinente.

Cualquier persona o entidad designada por un circuito judicial, pero sin limitarse a, consejeros escolares que estén certificados para ofrecer tales cursos.

¿Son obligatorios los exámenes médicos y de sangre?

No. La ley que exigía estos exámenes fue abolida el 1º de octubre de 1986.

¿Debo solicitar una licencia de matrimonio en el condado donde vivo o en el condado en el cual la ceremonia se celebrará?

No. Se puede solicitar una licencia matrimonial y solemnizarse el matrimonio en cualquier condado de Florida.

¿Dónde puedo solicitar una licencia matrimonial en el Condado de Orange?

Se puede obtener una licencia de matrimonio de lunes a viernes, excepto en días feriados, de 8:00 AM a 4:30 PM, en las siguientes oficinas de la Secretaría de las Cortes:

425 North Orange Avenue, Room 355, Orlando

450 North Lakemont Avenue, Winter Park

1111 North Rock Springs Road, Apopka

475 West Story Road, Ocoee

¿Por cuánto tiempo es válida una licencia de matrimonio después de emitida?

El matrimonio debe solemnizarse dentro de un lapso de sesenta (60) días de la emisión de la licencia matrimonial.

¿Quiénes pueden oficiar en los matrimonios?

Los siguientes funcionarios están autorizados por la ley de Florida a oficiar en los matrimonios:

Un pastor u otro miembro del clero regularmente ordenado.

Los mayores en comunión con alguna iglesia;

Todos los funcionarios judiciales (jueces) del Estado de Florida;

Los(las) Secretario(s) de las Cortes de Circuito y sus empleados delegados y

Notarios Públicos del Estado de Florida.

Además, la ley dispone que los matrimonios se podrán realizar entre “Cuáqueros” o “Amigos,” en la manera y forma utilizada y practicada en sus sociedades.

¿Quién es un “pastor regularmente ordenado”?

Un “pastor regularmente ordenado” es un pastor que ha sido reconocido en la manera exigida por los reglamentos de su respectiva denominación para oficiar en matrimonios.

¿Puede un matrimonio solemnizarse sin una licencia?

No. La Sección 741.08, de los Estatutos de Florida, afirman que quien solemniza el matrimonio exigirá una licencia debidamente emitida antes de solemnizar el matrimonio.

¿Cuándo y quién debe devolver la licencia a la Secretaría?

Un matrimonio no puede ser registrado oficialmente sino cuando la licencia es devuelta a Secretaría. Debe devolverse dentro de un lapso de diez días después del matrimonio. La parte que solemnizó el matrimonio es responsable de devolver la licencia completada.

¿Me puedo casar en la Oficina de Secretaría?

Si. Los secretarios delegados están autorizados para solemnizar matrimonios. Los matrimonios se celebran entre las 8:00 AM y las 11:00 AM y de 2:00 PM a 4:00 PM. El derecho para este servicio es fijado por los Estatutos de Florida y es USD 30,00. Los matrimonios se solemnizan por orden de llegada, en las siguientes ubicaciones:

425 North Orange Avenue, Room 355, Orlando

450 North Lakemont Avenue, Winter Park

1111 North Rock Springs Road, Apopka

475 West Story Road, Ocoee

¿Cuánto es el derecho por una licencia matrimonial?

El derecho por una licencia matrimonial es USD 93,50 Los siguientes estatutos exigen que todos los secretarios en el Estado de Florida cobren este derecho por la emisión de una licencia matrimonial:F. S. 28.24 (USD 30.00)

F. S. 741.01(1) (USD 2,00)

F. S. 741.1(2) (USD 25,00)

F. S. 741.01(3) (USD 7,50)

F. S. 741.01(4) (USD 25,00)

F. S. 741.02 (USD 4,00)

F. S. 741.01(05) El derecho por cada licencia matrimonial emitida en el estado se reducirá en la suma de USD 32,50 para todas las parejas que presenten certificados válidos de haber completado un curso de preparación premarital de una persona o entidad calificada para impartir dichos cursos registrada bajo s. 741.0305(5) para un curso tomado dentro de un lapso no mayor de un año de la fecha de la solicitud de la licencia matrimonial.

Si usted se casa en la oficina de Secretaría por un(a) secretario(a), se le exige un derecho adicional de USD 30,00.

¿Cómo puedo pagar por mi licencia matrimonial?

Usted puede pagar por su licencia con efectivo, un giro postal (“money order”), un cheque de cajero, una tarjeta de crédito VISA o Mastercard. No se aceptan los cheques.

¿Dónde puedo conseguir una copia o una copia certificada de mi licencia matrimonial?

En el caso de licencias del condado de Orange recibidas en, o después de marzo de 1998, usted puede obtener una copia por USD 1,00 o una copia certificada por USD 2,50 de:

La Oficina del Contralor del condado de Orange

Atención de: El Departamento de Registros Oficiales

P.O. Box 38

Orlando, FL 32802 Dirección física: 401 S. Rosalind Ave.

Orlando, FL 32802

(407) 836-5115

En el caso de licencias de matrimonio del condado de Orange recibidas antes del 1º de marzo de 1998, podrá obtener una copia por USD 1,00 o una copia certificada por USD 2,50 de cualquiera de las ubicaciones de las Cortes de Secretaría en el Condado de Orange: 425 North Orange Avenue, Room 150, Orlando FL 32801. Si usted no sabe el año de la unión hay una carga adicional de $1,50 por el año buscado. Este honorario es pagadero al vendedor de la corte. Incluya por favor los nombres de la novia y prepárelos además de los años solicitados para ser investigado.

Si usted no puede determinar dónde se obtuvo la licencia, podrá contactar el Departamento de Salud, División de Estadísticas Vitales. Esta agencia recibe licencias para todo el Estado de Florida. Puede escribirles a: Department of Health

Division of Vital Statistics

Post Office Box 210

Jacksonville, FL 32231-0042

(904) 359-6955

Cambios de nombre en Otros Documentos

Si su matrimonio significa un cambio de nombre o dirección, no se olvide de notificarle a las siguientes agencias:

A la División de Licencias de Conducir del Departamento de Seguridad de Carreteras y de Vehículos Motorizados (DHSMV, por sus siglas en inglés).

A la oficina local del Seguro Social

Al Supervisor de elecciones (registro de votantes)

Oficial al mando de las Reservas Militares

Debe también tener claro que usted probablemente nombró a miembros de la familia como beneficiarios o dueños conjuntos de cuentas bancarias, pólizas de seguro o beneficios de empleados. Podría serle conveniente hacer de su cónyuge el(la) nuevo(a) beneficiario(a) o dueño(a) conjunto.

Para mayor información.

http://orangeclerk.onetgov.net/spanish/service/marriage.shtml

Última actualización: 2007-04-18 15:31
Autor: admin
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