HOGAR » COMPRA » España » Aspectos Generales

Beneficios fiscales

La nueva ley 40/1998, de 9 de diciembre del IRPF, vigente desde el 1 de enero de 1999, establece importantes ventajas fiscales para la adquisición de la vivienda habitual. Se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Se asimilan a la adquisición de vivienda la construcción o ampliación (cuando se produzca el aumento de su superficie habitable) de la misma.

Para todos los casos existen unos topes legales que limitan estas deducciones. Por esto es muy importante, en el caso de financiar la adquisición con un préstamo hipotecario, ajustar en lo posible los pagos anuales, para aprovechar al máximo estas ventajas fiscales y, en definitiva, ahorrar impuestos.

Última actualización: 2007-04-23 20:36
Autor: admin
Revisión: 1.0

Imprimir este registro Imprimir este registro
Enviar a un amigo Enviar a un amigo
Mostrar como fichero PDF Mostrar como fichero PDF

Por favor valore este registro:

Valoración media: 0 desde 5 (0 Votos)

poco
útil 1 2 3 4 5 muy
útil

No puedes comentar este registro