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Desistimiento del contrato
El desistimiento del contrato
es un derecho que la ley concede al arrendatario cuando en el contrato de
arrendamiento se ha pactado una duración superior a los cinco años. Los
requisitos para poder proceder a este desistimiento son que el contrato haya
durado al menos cinco años y se comunique esta circunstancia al arrendador con
una antelación de dos meses. Al igual que en los casos anteriores, esta
comunicación deberá hacerse de forma fehaciente. Para los casos de
desistimiento, la ley permite a las partes pactar la obligación para el
arrendatario de abonar al arrendador un mes de renta por cada año que quede por
cumplir de los que se hayan pactado en el contrato.
Última actualización: 2007-04-24 17:25
Revisión: 1.0
