TRÁMITES » COSTA RICA
Código Civil: Del Matrimonio
CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 10.-
Los esponsales no producen efectos civiles.
ARTICULO 11.-
El matrimonio es la base esencial de la familia y tiene por objeto la vida en común, la cooperación y el mutuo auxilio.
ARTICULO 12.-
Toda condición contraria a los fines esenciales del matrimonio es nula.
ARTICULO 13.-
Para que exista matrimonio el consentimiento de los contrayentes debe manifestarse de modo legal y expreso.
Última actualización: 2009-02-23 13:26
Revisión: 1.0
