TRÁMITES » COSTA RICA

Código Civil: Del Matrimonio

CAPITULO I

Disposiciones Generales

ARTICULO 10.-

Los esponsales no producen efectos civiles.

ARTICULO 11.-

El matrimonio es la base esencial de la familia y tiene por objeto la vida en común, la cooperación y el mutuo auxilio.

ARTICULO 12.-

Toda condición contraria a los fines esenciales del matrimonio es nula.

ARTICULO 13.-

Para que exista matrimonio el consentimiento de los contrayentes debe manifestarse de modo legal y expreso.

Última actualización: 2009-02-23 13:26
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